jueves, 1 de octubre de 2009

SEAT, legalidad publicitaria




¿ ROMPER REGLAS POR EFECTIVIDAD?


El mundo actual de los negocios en México está determinado por un escenario cada vez más globalizado y un consumidor mucho mas exigente, que posee mejor información acerca de los productos y servicios disponibles a nivel mundial, gracias al desarrollo de la tecnología y a un mayor y más eficiente número de nuevos medios de comunicación, tales como Internet, sistemas de telecomunicación, de voz y datos etc.
Lo anterior le permite identificar cotidianamente productos de diferentes calidades y precios que le ofrecen libertad para elegir aquellos que se adecuan más a sus necesidades y pueden ser adquiridos con mayor facilidad debido a los desarrollos tecnológicos tanto en la oferta (Internet) como en la demanda (tarjeta de crédito, ).
Los clientes actualmente demandan mejores servicios, más tecnificados, con procesos de comunicación más creativos y enfocados a objetivos estratégicos que impacten de manera más efectiva y rápida un mercado global.


¿QUIÉN ES EL CULPABLE?
CODIGO DE ETICA DE LAS AGENCIAS PUBLICITARIAS
I LEGALIDAD
La publicidad se apegará a las normas jurídicas vigentes y a las disposiciones que emanen de este Código.
II HONESTIDAD
La publicidad se hará con rectitud e integridad, empleando información y documentación adecuadas. La publicidad se referirá a los bienes, productos, servicios o conceptos de tal forma que no cause confusión al público receptor.
III DECENCIA
La publicidad, en cualquier medio que aparezca evitará el uso de expresiones vulgares y obscenas que transgredan la moral y las buenas costumbres.
IV VERACIDAD
La publicidad presentará las características o cualidades debidamente acreditadas de los bienes, productos, servicios o conceptos a que se refiera, omitiendo cualquier expresión que contemple verdades parciales o afirmaciones engañosas. Las descripciones o imágenes relativas a hechos verificables estarán sujetas a comprobación fehaciente y con bases científicas cuando así se requiera.

V DIGNIDAD
La publicidad se abstendrá de presentar, promover o referirse a situaciones discriminatorias, ofensivas o denigratorias por razones de nacionalidad, raza, religión, género, afiliación política, orientación sexual, características físicas y capacidades diferentes.
VI COMPETENCIA JUSTA
La publicidad no denigrará directa o indirectamente los bienes, productos, servicios o conceptos de un tercero ni copiará sus ideas publicitarias. La comparación entre bienes, servicios o conceptos, podrá llevarse a cabo, siempre que sean de la misma especie y se realicen tomando como referencia elementos objetivos idénticos. Los puntos de comparación se basarán en hechos comprobables y fehacientes. No serán seleccionados de manera injusta y parcial y se evitará que la comparación pueda engañar o confundir al consumidor.
VII SALUD Y BIENESTAR
La publicidad se abstendrá de incluir imágenes, textos o sonidos que induzcan a prácticas inseguras, y/o que signifiquen un riesgo para la salud física o mental de las personas, induzcan a la violencia, propicien o produzcan daños al medio ambiente.

VIII PROTECCIÓN A LA INFANCIA
La publicidad dirigida al público infantil, tomará en cuenta su vulnerabilidad, capacidad crítica, nivel de experiencia y credulidad. Se evitará la utilización de imágenes, sonidos, textos, lenguaje y demás contenidos que pongan en riesgo, deterioren o perjudiquen su salud física y/o mental, así como los que de forma directa o indirecta afecten negativamente el concepto de familia y la educación en los valores.
CONSEJO DE AUTORREGULACIÓN Y ÉTICA PUBLICITARIA, A.C.
Magdalena No. 37 Oficina 604 Col. Del Valle C.P. 03100 Tel. y Fax: 90-00-30-51

OBJETIVO Y CAMPO DE APLICACIÓN
Esta norma mexicana establece los sistemas, procedimientos de operación y procesos de calidad mínimos que deben cumplir las agencias de publicidad.
Agencia de Publicidad
Empresa de servicio especializada en dar a conocer los productos y/o servicios de sus clientes a los consumidores.
REQUISITOS
Las agencias de publicidad que deseen obtener la Norma, deberán cubrir los requerimientos establecidos en los siguientes apartados:
Estructura
4.1.1 Estructura Legal
4.1.2 Responsabilidad de la Alta Dirección
4.1.3 Procesos Operativos (Requisitos mínimos)
4.1.3.1 Servicio Creativo y de Producción
4.1.3.2 Servicio de Planeación Estratégica
4.1.3.3 Servicio al Cliente
4.1.3.4 Servicio Administrativo/Financiero
4.1.4 Infraestructura
4.1.4.1 Sistemas (Software, hardware)
4.1.4.2 Instalaciones físicas
4.1.5 Recursos Humanos
4.1.6 Sistemas de Control de Calidad

• LOS PRECIOS PUEDEN SER MODIFICADOS SIN PREVIO AVISO
AUMENTO DEL 5% AL VALOR DE LOS AUTOS A PARTIR DEL 1RO OCTUBRE
•GARANTIA DE DOS AÑOS SIN LIMITE DE KILOMETROS
“NO ME ARREGLARON LAS IMPERFECCIONES POR EXCESO DE KILOMETRAJE”
LA GARANTÍA SOLO ES EFECTIVA EN ALGUNOS CASOS. (ESPECIFICOS)
•LAS IMÁGENES SOLO SON DE CARÁCTER ILUSTRATIVO.
LOS ACCESORIOS SE VENDEN POR SEPARADO
•LEASING
PAGO TOTAL DEL VALOR DEL AUTO, SIN SER TUYO.

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